September 15, 2018

MANIFESTACIÓN ANTISÁNCHEZ EN EL PARLAMAENTO [8 septiembre 2018] Y APARICIÓN DE LA EXTREMA DERECHA

FOTO DE MERCEDES
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La extrema derecha son gentes que defienden lo justo por eso se constituyen en antiyzquierda.

Mi esposa se ha puesto muy guapa yendo a esta manifestación a la que yo solo he ido de recogida (al finalizar, tomándome una cervecita en 100 Montaditos en la acera de enfrente visualizando a los transeúntes recogiéndose a sus casas...)

Los ángeles atraviesan la plaza de las banderas extremas fascistas (ya no hay hora, ya no perdonan...)

Son gente recia (VOX) y no funcional como la policía moderna (agentes que cantan el himno nacional con ellos...)



Características generales[editar]

El parlamento comparte en todos los estados democráticos del mundo unas características generales, tanto en lo que se refiere a su naturaleza como a sus funciones.
  • En cuanto a la naturaleza del parlamento, se pueden enunciar las siguientes características esenciales:
    • Elección de sus miembros por la vía del sufragio universal, libre, directo y secreto de todos sus miembros o, cuando está compuesto por más de una Cámara, al menos de una de ellas (normalmente denominada Cámara Baja y electa conforme al principio de representación proporcional).
    • Autonomía plena en lo que se refiere a su autorregulación,6​ presupuestos y estatus de sus miembros.
  • En cuanto a las funciones del parlamento, le corresponden básicamente las siguientes:
    • La elaboración y aprobación de las Leyes.
    • La elección de los integrantes del Poder Ejecutivo o al menos la fiscalización de su acción.
    • La orientación de la política pública y de las líneas de actuación del Estado.
    • La integración de otros órganos constitucionales.

La naturaleza del parlamento[editar]

El parlamento está compuesto por miembros electos por el pueblo para un período determinado.
En el caso de que el parlamento esté compuesto por dos Cámaras (sistema bicameral) el método de elección de los miembros de cada Cámara puede variar.
Como norma general la legislación suele atribuir la condición de elegible a las mismas personas que capacita para votar, aunque en ocasiones se da un aumento de la edad mínima de elegibilidad.
La elección puede verificarse con arreglo a criterios de representación proporcional, asignando un número de puestos a cubrir en cada circunscripción y distribuyéndolos con arreglo al resultado electoral, o bien según un criterio mayoritario, dividiendo el territorio en circunscripciones que resulten con un número igual de escaños cada una, generalmente uno, y adjudicándolo a la opción electoral que reúna un mayor número de votos.

En los casos de votación proporcional se suelen aplicar criterios correctores, tales como el establecimiento de un porcentaje mínimo de votos para acceder a la Cámara, a fin de evitar fraccionamientos inapropiados que generen inestabilidad política o institucional.

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