Código Ético y de Conducta
Hermandades del Trabajo- Centro de Madrid
PRESENTACIÓN
La misión de las Hermandades del Trabajo – Centro de Madrid
es la evangelización de los trabajadores y de sus familias, con
el anuncio explícito de Jesucristo, de acuerdo con la Doctrina
Social de la Iglesia. Entre sus fines está el desarrollo integral
de los trabajadores, procurando en todo momento se respete
su dignidad y sus derechos, y trabajando por crear unas
estructuras sociales que estén al servicio de la persona.
Entre los importantes y necesarios cambios que se están
produciendo en Hermandades del Trabajo – Centro de Madrid,
además del Ideario y los Estatutos que proporcionan el marco
jurídico canónico, el Consejo ha aprobado el presente CÓDIGO
ÉTICO Y DE CONDUCTA.
Comprometidos con el respeto a la legalidad vigente y a las
normas que constituyen el compendio eclesiástico, situamos
nuestros valores recopilados en el presente CÓDIGO como
base de nuestra actuación.
Hermandades del Trabajo – Centro de Madrid está segura
que la mayoría de sus miembros y personal actúan con
responsabilidad e integridad y nos esforzamos por vivir
nuestros valores y principios. El presente documento es una
norma rectora para los miembros y el personal a todos los
niveles. Sin embargo, mediante este CÓDIGO aseguramos que
haya mayor claridad en nuestra identidad, misión eclesiástica
y compromiso social.
El Consejo Diocesano
Madrid, 27 de marzo del 2019
Código Ético y de Conducta
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OBJETO Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Hermandades del Trabajo – Centro de Madrid (en adelante,
“HHTM”, la “Asociación” o la “Entidad”) es una Asociación Públi-
ca de Fieles de ámbito diocesano, constituida por y para traba-
jadores en comunión con la comunidad eclesial y personalidad
jurídica canónica pública, carente de ánimo de lucro, para el
cumplimiento de cuyos fines, desarrolla sus actividades a partir
de valores y principios éticos.
Comprometida con el respeto a la legalidad vigente y las nor-
mas que constituyen el compendio eclesiástico, HHTM sitúa los
valores recopilados en el presente Código Ético y de Conducta
como base de su actuación.
Este Código ha sido llamado a desarrollar y formalizar la visión
y los principios de la Entidad y a servir de guía para sus miem-
bros y grupos de interés con los que se relaciona, en un entorno
global, complejo y cambiante.
La asunción de un Código Ético representa el compromiso ex-
preso de HHTM de aceptar unos criterios de conducta a cuyo
estricto cumplimiento se vincula.
ALCANCE
Son destinatarios del Código Ético de Hermandades del Traba-
jo – Centro de Madrid todos sus empleados, que deberán co-
nocer y aceptar su contenido y obligarse a su cumplimiento en
el momento de su Asociación, con independencia de la moda-
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lidad contractual con la que se hallen vinculados o la posición
que ocupen dentro de su organigrama funcional.
Igualmente quedarán obligados por este Código quienes en
cada momento formen parte de los órganos de gobierno y
estatutarios de la Entidad y en particular, los miembros de su
Asamblea, del Consejo, de la Comisión para Asuntos Económi-
cos y de aquellas otras Comisiones Estatutarias que pudieran
constituirse en un futuro.
Las relaciones jurídicas que voluntarios, afiliados, colaborado-
res, militantes, simpatizantes, proveedores y cualesquiera otros
terceros mantengan o puedan mantener con HHTM, quedarán
igualmente amparadas por los principios del presente Código,
en todo aquello que les fuera de aplicación.
VALORES Y PRINCIPIOS
Transparencia. HHTM garantiza plena transparencia en
el desarrollo de su actividad y el derecho de acceso a la infor-
mación sobre sus fines, y vela por el cumplimiento de las obli-
gaciones de buen gobierno corporativo. La aplicación de este
principio se proyecta en: el fomento de comportamientos éti-
cos, la transparencia en la contratación de servicios y en el se-
guimiento de los mismos, la gestión global de la Entidad y en el
compromiso de la misma para resolver cualquier controversia
que pudiese perjudicar los intereses de sus miembros.
Lealtad institucional. Las decisiones tomadas por HHTM
deben satisfacer los intereses de sus miembros. Por ello, la En-
tidad no adoptará decisiones que puedan menoscabar o per-
turbar los intereses de sus integrantes, aun cuando se gestio-
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nen los intereses propios de la misma.
Formación. Uno de los objetivos del HHTM es procurar
la mejora del nivel profesional de sus empleados y, para ello, la
Entidad vela por la adecuada y continua formación de los mis-
mos. De esta forma, se impulsa la excelencia en la prestación
de sus fines y se facilita su adaptación a los nuevos y cambian-
tes entornos sociales y tecnológicos.
Orientación al trabajo. HHTM, bien a iniciativa propia,
bien en colaboración con instituciones públicas o privadas,
participa en programas y campañas cuyo objetivo es la promo-
ción y formación integral profesional de sus miembros, con el
objetivo de favorecerlos en el acceso y la inserción en el mer-
cado laboral. Para ello, procura porque se respete su dignidad y
sus derechos y trabaja por crear unas estructuras sociales que
estén al servicio de la persona conforme a sus fines y a la doc-
trina social de la Iglesia.
Sostenibilidad. Para HHTM la sostenibilidad es un valor
fundamental y una perspectiva transversal desde la que pla-
nifica su gestión global. La sostenibilidad debe ser entendida
como fórmula a través de la que satisfacer las necesidades ac-
tuales de la Asociación, de sus empleados y de sus grupos de
interés. La sostenibilidad se pone de manifiesto a través del
compromiso de la Entidad con el crecimiento económico, el
medio ambiente y el bienestar social.
Solidaridad. HHTM se ha construido sobre los principios
de solidaridad, cooperación y trabajo en equipo. Quienes tra-
bajamos en ella compartimos una misma meta y un mismo
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proyecto global y estamos dispuestos a poner en común tanto
nuestros logros como nuestras dificultades. El altruismo, la ge-
nerosidad y el compromiso con quienes más lo necesitan son
rasgos esenciales de la actividad diaria de la Entidad.
Responsabilidad. Para HHTM, responsabilidad es antici-
pación, es hacerse cargo de las consecuencias de nuestras ac-
ciones y decisiones, es responder a las expectativas legítimas
de sus miembros, así como de los distintos grupos de interés,
dando cuenta de los compromisos adquiridos más allá de lo
estipulado en el marco jurídico vigente.
Diálogo permanente. Las actividades desarrolladas por
HHTM se sustentan en el principio de escucha atenta, diálogo
fluido y permanente, con la finalidad de mejorar su relación con
los distintos grupos de interés. Toda comunicación desarrolla-
da por HHTM se rige por los principios de transparencia, veraci-
dad y respeto.
Ética. Para alcanzar su finalidad, el comportamiento del
personal de HHTM debe estar orientado por criterios de éti-
ca personal, excelencia profesional y responsabilidad organi-
zativa. Por ello, la Entidad vela por que en todo momento sus
miembros actúen de forma adecuada, diligente y honesta, de
manera que la imagen y la información que se proyecte hacia
los distintos grupos de interés sea precisa, objetiva, completa,
inmediata y veraz.
Vocación de servicio. La misión de HHTM es la evange-
lización de los trabajadores, de sus familias y de sus ambien-
tes, con el anuncio explícito de Jesucristo, de conformidad con
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la Doctrina de la Iglesia Católica. Siendo parte integrante de
la acción evangelizadora el desarrollo integral y promoción de
los trabajadores, procurando que en todo momento se respete
su dignidad y derechos, trabajando por crear unas estructuras
sociales que estén siempre al servicio de la persona. Por ello,
la Entidad está abierta a cualquier sugerencia propuesta por
parte de sus miembros que permita mejorar y contribuir a la
consecución de sus fines.
NORMAS GENERALES DE CONDUCTA
I. Respeto y responsabilidad. En virtud del presente Có-
digo, tanto HHTM como las personas sujetas al mismo, se com-
prometen con el respeto a la dignidad humana, a las libertades
públicas reconocidas en la Declaración Universal de los Dere-
chos Humanos, y en los acuerdos internacionales promulgados
al respecto. Por tanto, todas sus actividades profesionales de-
berán desarrollarse con total respeto y garantía a los mismos.
II. Igualdad de oportunidades y no discriminación. HHTM
se ha comprometido con un modelo de desarrollo profesional
y promoción interna basado en los principios de competencia,
mérito, capacidad e igualdad de oportunidades. Este modelo
excluye y rechaza cualquier tipo de discriminación o conducta
ofensiva basada en el género, la raza, el estado civil, el sexo o
la edad.
Por ello, las decisiones en materia de promoción se adoptarán
conforme a criterios claros, objetivos y transparentes. Todos los
empleados serán informados de las herramientas de evalua-
ción de su rendimiento y valoración de sus resultados, en caso
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de que sean aplicadas.
Adicionalmente, el personal sujeto al presente Código debe re-
chazar y denunciar cualquier conducta ofensiva, amenazante,
o indiciaria de incurrir en posibles supuestos constitutivos de
acoso sexual, abuso de autoridad, discriminación, difamación
o cualquier otra forma de agresión física, moral o psicológica.
III. Seguridad y salud laboral. HHTM pone a disposición
del personal sujeto al presente Código todos los elementos de
seguridad necesarios en función del puesto que ocupen o de la
actividad que desempeñen y fomenta las medidas preventivas
que resulten apropiadas en cada caso.
El personal sujeto debe conocer y cumplir las normas de pro-
tección de la salud y de seguridad en el trabajo y debe compro-
meterse a observar las medidas de prevención de riesgos la-
borales sobre las que la Entidad informe y ponga a disposición.
HHTM se compromete a conducir sus actividades de manera
que se alcance un alto nivel de seguridad en sus procesos y
servicios, prestando especial atención a la protección integral
del personal sujeto al presente Código.
IV. Profesionalidad en el trabajo. Las personas sujetas a
este Código, actuarán en el ejercicio de aquellas competencias
que les sean atribuidas por razón de sus puestos y cargos, po-
niendo en práctica criterios que conduzcan a obtener los me-
jores resultados, con la mayor eficacia y al menor coste posible,
siguiendo siempre las pautas recibidas y aquellas que, según
su respectiva formación y resulten pertinentes, siempre en el
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marco de conseguir la mayor satisfacción a los grupos de inte-
rés.
V. Responsabilidad en el uso y gestión de los recursos
financieros. Los empleados, directivos de HHTM y miembros
de sus órganos estatutarios y de gobierno se responsabilizarán
del correcto uso de los recursos financieros que les sean facili-
tados.
Toda disposición de bienes o servicios de la Entidad deberá es-
tar expresamente autorizada.
VI. Aceptación, ofrecimiento, solicitud y recepción de
regalos y atenciones. Como norma general, el personal sujeto
al presente Código, no podrá aceptar, ofrecer, recibir o solicitar
para sí o para un tercero, regalos, obsequios, comisiones, retri-
buciones o atenciones, o cualquier otra clase de favor por parte
de cualquier persona física o jurídica con la que se pretenda
mantener o se mantenga cualquier tipo de relación o vínculo,
con el fin de evitar que ello pueda afectar o influir directa o
indirectamente en la objetividad y honestidad de dichas rela-
ciones, debiendo comunicar a sus superiores cualquier propo-
sición que en ese orden reciban.
De igual modo, el personal sujeto al presente Código no podrá
hacer, ni directa ni indirectamente, ningún pago en metálico, ni
recibir u ofrecer obsequios o compensaciones de cualquier cla-
se (salvo las que se consideren propias del curso normal de los
negocios), para tratar de obtener ventajas o beneficios de cual-
quier clase o para tratar de influir de manera impropia en sus
relaciones comerciales, profesionales o administrativas, tanto
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con entidades públicas como privadas.
Se permite excepcionalmente el intercambio de obsequios
simbólicos o promocionales, la invitación a cursos y la asisten-
cia a comidas cuyo coste no resulte excesivo.
VII. Uso adecuado de los recursos y activos sociales de
la asociación. HHTM pone a disposición del personal sujeto,
los recursos (materiales, técnicos, tecnológicos, etc.) necesa-
rios para el mejor desempeño de su actividad.
El personal sujeto tiene la obligación y la responsabilidad de
emplear dichos recursos exclusivamente para fines profesio-
nales y nunca para beneficios personales o para el desempeño
de actividades que no estén relacionadas directamente con las
funciones que les hayan sido atribuidas conforme a su organi-
grama interno, Estatutos o a las restantes disposiciones o polí-
ticas internas.
De igual forma, el personal sujeto tiene la obligación de no des-
cargar o tratar información que pueda vulnerar normas o de-
rechos propios y de terceros y que pudieran comprometer la
buena imagen, honor o reputación de la Entidad.
VIII. Uso responsable de los recursos informáticos y
sistemas de comunicación. Los recursos informáticos y sis-
temas de comunicación y especialmente el correo electrónico
e Internet, deben ser empleados única y exclusivamente para
el desempeño de las funciones del personal sujeto, pudiendo
someterse su uso a seguimiento o auditorías en cualquier mo-
mento.
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IX. Prevención y gestión de los conflictos de interés.
HHTM considera que la relación con el personal sujeto al pre-
sente documento debe basarse en la lealtad que nace de unos
intereses comunes.
Durante el desempeño de sus responsabilidades y funciones
en HHTM, todas las personas sujetas a este Código deben ac-
tuar con lealtad, atendiendo a la defensa de los intereses de
la asociación. Asimismo, deben evitar situaciones que puedan
dar lugar a un conflicto entre sus intereses personales y los de
la Entidad.
Los conflictos de interés aparecen en aquellas circunstancias
en que los intereses personales, de forma directa o indirecta,
son contrarios o entran en colisión con los propios de la institu-
ción, interfieren en el recto cumplimiento de sus deberes y res-
ponsabilidades profesionales o los involucran a título personal
en alguna transacción u operación.
Cuando el personal sujeto tenga conocimiento o sospecha de
la existencia de una situación que generara o pudiera generar
un conflicto de interés deberán informar de ello a la Entidad.
X. Confidencialidad de la Información. El personal su-
jeto al presente Código debe respetar la privacidad de la in-
formación a fin de mostrar consideración y respeto hacia las
personas y lealtad hacia la Entidad.
El personal sujeto deberá tratar con sumo cuidado la informa-
ción personal y privada de las personas con quienes se manten-
gan relaciones como consecuencia del desarrollo de las activi-
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dades y funciones que le son propias, garantizando el derecho
a la intimidad y protegiendo los datos de carácter personal, de
las personas sujetas (tanto de empleados y miembros de sus
órganos estatutarios y de gobierno, miembros de los grupos
de interés).
Así, la actuación del personal sujeto deberá orientarse a:
• No divulgar información que pueda dañar la imagen y
reputación de HHTM.
• Informar a los superiores o personas responsables en
caso de tener noticia o sospecha de posibles filtracio-
nes.
• Solicitar valoración e instrucción a los respectivos res-
ponsables cuando surjan dudas acerca del tratamiento
adecuado de la información, en particular cuando del
uso de la misma puedan derivarse actuaciones de
competencia desleal o afectar a la libre competencia.
• Guardar secreto sobre datos e informaciones a las que
se tenga acceso por el desempeño de las actividades
propias, aunque no esté explícitamente indicado el de
ber de no revelarlas.
• Respetar de manera escrupulosa la normativa vigen-
te en materia de Protección de Datos de Carácter Per-
sonal aplicando las medidas de seguridad que en cada
caso resulten pertinentes.
• No utilizar nunca la información privada o personal a
la que se tenga acceso como consecuencia del ejerci-
cio de funciones propias para beneficio personal.
•No divulgar ni contribuir a difundir rumores sobre em-
pleados, directivos, mandos intermedios, miembros
de los órganos de gobierno y estatutarios, grupos de
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interés identificados, ni realizar o promulgar comenta-
rios infundados sobre la marcha de la Entidad.
XI. Imagen y reputación corporativa. HHTM considera
la imagen corporativa como uno de sus principales activos. Por
ello, el personal sujeto deberá velar por el correcto uso de la
imagen institucional de la institución, de sus distintos logos y
marcas y contar con la debida autorización para el uso y repro-
ducción de logos, marcas e imágenes de terceros, con el fin de
preservar la confianza de sus miembros y no perjudicar la repu-
tación corporativa de la Entidad.
Igualmente, las personas sujetas a este Código han de ser espe-
cialmente diligentes en sus intervenciones, con independencia
del medio o entorno en que se produzcan (prensa escrita, re-
des sociales, foros, conferencias, etc.), siempre que actúen en
nombre de la asociación, proyecten los intereses de la misma o
hagan uso de sus recursos, activos o instalaciones.
XII. Mantenerse independiente a adscripciones políti-
cas. El personal sujeto debe cumplir con rigor y seguir fielmen-
te lo establecido en la legislación vigente, en la normativa ca-
nónica, en sus Estatutos y en la restante regulación que resulte
de aplicación atendiendo a su misión y a sus fines.
HHTM es una asociación pública de fieles de ámbito diocesa-
no y libre adscripción política. Sin embargo, el personal sujeto
puede participar, libre y voluntariamente en cuantas activida-
des y campañas políticas desee, ya sea como afiliado o simpa-
tizante, siempre que no interfieran en el normal desempeño
del desarrollo de la Entidad, ni se utilicen para ello su nombre,
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sus recursos, activos o instalaciones.
XIII. Responsabilidad Social Corporativa. HHTM mani-
fiesta su compromiso con los principios de Responsabilidad
Social Corporativa, promoviendo y contribuyendo de forma ac-
tiva y voluntaria al desarrollo social y económico.
Uno de los principales valores y principios de la Entidad es velar
por la integración social de colectivos con especiales dificulta-
des y en riesgo de exclusión social, creando programas educa-
tivos y servicios sociales que respeten su dignidad y sus dere-
chos y faciliten su acceso al mercado laboral.
Desde HHTM colaboramos, en la medida de nuestros recursos
y capacidades, con aquellas iniciativas que nos ayudan a pro-
fundizar en nuestro compromiso con la sociedad y a contribuir
al desarrollo integral de los individuos implicados.
Nuestro propósito es afrontar problemas y retos sociales, me-
diante la colaboración con instituciones relevantes que nos
permitan alcanzar este fin.
Para HHTM el concepto de Responsabilidad Social Corporativa
es un concepto integral, que comprende los principios relativos
tanto a la formación de los empleados como a la conciliación
de su vida laboral y familiar.
XIV. Política de selección y de relación con proveedo-
res. La selección de proveedores de bienes, productos y servi-
cios en HHTM se llevará a cabo de acuerdo con los criterios de
transparencia, objetividad y libre concurrencia, de manera que
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se garantice la calidad y la eficiencia.
Se valorarán, especialmente, las condiciones económicas, su
reputación, solvencia técnica y financiera, así como los resul-
tados de experiencias previas. En todo caso, los empleados, di-
rectivos y demás órganos gobierno de HHTM deberán cumplir
y respetar su normativa interna a la hora de proceder a la se-
lección de sus proveedores, así como a la de adjudicar trabajos,
suministros y servicios.
HHTM dispondrá de los medios necesarios para evitar que los
intereses personales de sus empleados, directivos o los miem-
bros de sus órganos de gobierno, puedan entrar en colisión con
los principios que deberán regir la ejecución de los procesos
referidos en este epígrafe.
XV. Cumplimiento de la legalidad vigente. Todos los
empleados velarán por el cumplimiento de la legislación y nor-
mativa vigente y aplicable a la actividad que desarrollen. Asi-
mismo, en todo momento respetarán los compromisos y obli-
gaciones asumidos por HHTM en sus relaciones contractuales
con terceros.
XVI. Conciliación de vida familiar y profesional. Para
asegurar el equilibrio entre la vida personal y familiar, se apli-
can medidas que permitan compatibilizar las obligaciones con-
traídas con HHTM con el tiempo necesario para el desarrollo de
un proyecto de vida personal.
XVII. Relaciones con terceros. Todas las relaciones que
HHTM mantenga con terceros serán documentadas por escri-
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to, a través del/os documento/os que jurídicamente resulte/n
procedente/s, en los que se expresarán en términos claros los
derechos y obligaciones nacidos de las referidas relaciones.
ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO
El presente Código Ético y de Conducta es de obligado cumpli-
miento para todas las personas sujetas al mismo, en el marco
de su alcance, y para aquellos terceros que se hubieran com-
prometido voluntariamente a su observancia.
HHTM comunicará y difundirá el contenido de este documento
a todo el personal sujeto, que deberá comprometerse formal-
mente a su cumplimiento.
Adicionalmente, la Entidad requerirá periódicamente a sus
miembros para que manifiesten de forma expresa que cono-
cen y cumplen las pautas de conducta establecidas en el pre-
sente Código y llevará a cabo sesiones de formación sobre los
aspectos que lo integran.
La infracción de sus disposiciones se analizará en conjunción
con lo dispuesto en sus Estatutos, procedimientos y políticas
corporativas y demás disposiciones legales vigentes, aplicando,
en su caso, las sanciones que resulten procedentes de acuerdo
con el Convenio Colectivo aplicable y con el régimen sanciona-
dor internamente establecido.
Cualquier duda en relación con la interpretación o aplicación
de este Código deberá ser consultada con el superior jerárqui-
co procedente, conforme a lo establecido en el Organigrama
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de la asociación.
Nadie, independientemente de su categoría, rango o posición,
estará autorizado para solicitar a cualquiera de sus sujetos obli-
gados que contravenga lo establecido en el presente Código.
De igual modo, ningún empleado podrá justificar una conducta
impropia amparándose en una orden superior o en el descono-
cimiento del presente documento.
PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
HHTM mantiene el presente Código Ético y de Conducta ac-
cesible a través de la web corporativa https://hhtmadrid.com/
y ha establecido canales adecuados para la comunicación de
vulneraciones o sospechas de infracción o incumplimiento del
mismo. Dichos canales se encuentran accesibles en la web cor-
porativa www.canaldedenuncias.com/es/Hermandades.
A través de la citada dirección de correo electrónico se aten-
derán denuncias y aspectos relacionados con la ética institu-
cional.
Queda garantizada la confidencialidad de los autores de las de-
nuncias que serán protegidos de cualquier potencial represalia,
sin perjuicio de las obligaciones legales y de protección de los
derechos de las empresas o de terceros, incluidos los de quie-
nes trabajan o colaboran con la Entidad.
La persona que se encuentre en situación de conflicto con los
principios del presente Código Ético y de Conducta estará obli-
gada a informar al respecto y proceder a la oportuna comunicación.
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VIGENCIA
El presente Código Ético y de Conducta ha sido aprobado por
el Consejo de Hermandades del Trabajo – Centro de Madrid, en
fecha de 27 de marzo del 2019 siendo de aplicación a partir del
día siguiente de la fecha de su aprobación.
El Código se mantendrá vigente mientras no sea modificado o
derogado por otro posterior. El Código Ético y de Conducta de
HHTM se revisará y actualizará periódicamente por el Consejo
de la Entidad, teniendo en cuenta para ello las sugerencias y
propuestas que realicen las personas sujetas y los compromi-
sos adquiridos por la asociación en materia de responsabilidad
social y buen gobierno.
Hermandades del Trabajo - Centro de Madrid
c/ Raimundo Lulio, 3 - 28010 Madrid
914 473 000 - info@hhtmadrid.com
www.hhtmadrid.com
“Unos por otros y Dios por todos”
D. Abundio García Román. Fundador de las HHT
January 12, 2020
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